ARTICULOS ORIGINALES

Contribuciones del grupo reflexivo en el enfrentamiento a la violencia conyugal: estudio descriptivo


Andrey Ferreira da Silva1, Nadirlene Pereira Gome1, Fernanda Matheus Estrela2, Gilvânia Patrícia do Nascimento Paixão3, Vera Lúcia de Azevedo Lima4, Álvaro Pereira1

1Universidad Federal de Bahia
2Universidad Estatal de Feira de Santana
3Universidad del Estado de Bahia
4Universidad Federal de Pará

RESUMEN

Objetivo: Conocer la contribución del Grupo Reflexivo en el enfrentamiento a la violencia conyugal. Método: Estudio realizado con 11 participantes de un grupo reflexivo para hombres con procesos criminales por violencia conyugal vinculado al Núcleo Especializado de Atención al Hombre en la ciudad de Belém, Pará, Brasil. La recopilación de los datos se realizó a través del grupo focal, en los meses de junio y julio, y sometidos a la técnica del análisis de contenido temático. Resultados: Los hombres comprenden que el Grupo Reflexivo es relevante en el enfrentamiento a la violencia conyugal, a medida que esclarece sobre las formas de expresión de la violencia conyugal; concientiza sobre el carácter irrespetuoso y criminoso de sus conductas e incentivan el diálogo como mediador de conflictos. Discusión: Este estudio representa una estrategia que favorece relaciones conyugales más harmónicas, al revelar las Contribuciones del Grupo Reflexivo.

Descriptores: Violencia contra la mujer; Masculinidad; Conflicto familiar.


INTRODUCCIÓN

La violencia conyugal consiste un problema de salud pública con serias repercusiones en la salud de toda la familia y la sociedad, por lo que se debe prevenir y enfrentar. Considerando la construcción social de género, que reglamenta y naturaliza el poder masculino sobre el femenino, el desafío para poder superar esta realidad tiene que transformar el modo de pensar y actuar de los hombres, con la finalidad de construir relaciones conyugales harmoniosas.

Se estima que cerca de 40 mil brasileñas acuden al Sistema Único de Salud (SUS) buscando tratamientos debido a la violencia, lo que representa un costo anual para este sector de más de cinco millones de reales(1).También con el sector de la salud, los Estados Unidos de América llegaron a tener un gasto anual estimado en 5,8 billones de dólares con la violencia(2).Se sabe, sin embargo, que los gastos relacionados a la vivencia de violencia extrapolan el campo de la salud, porque se debe añadir lo que se gasta con otros sectores, ya que las personas inseridas en el contexto de la violación de los derechos presentan demandas que requieren un cuidado intersectorial de una red de servicios que entrelacen las áreas social, policial, jurídica, de educación, entre otras(3).

Es importante referir que esa suma no representa el costo real para de la atención a la violencia, pues generalmente solo se miden los casos denunciados a la policía y no los casos de daños a la salud, o situaciones más serias, como los que generan internamientos. En el contexto doméstico, esta realidad se agrava, sobre todo por causa de la invisibilidad de los abusos cometidos por personas que, a priori, deberían proteger y cuidar la familia. Estudios realizados en Ecuador y Brasil abordan que en la mayoría de las veces, las víctimas tienden a silenciar la violencia sufrida por diversos factores, como el miedo, la falta de confianza en las leyes, la esperanza de que el comportamiento del compañero cambie y la dependencia financiera y/o emocional(1,4).

En el caso específico de la violencia conyugal, el encubrimiento se acentúa debido al carácter naturalizado y privado, que la sociedad le da, viéndola como un problema que interesa solamente a la pareja. Este entendimiento social también fue desvelado en un estudio realizado en Ecuador, que deja claro que los problemas conyugales tienen cuño íntimo, no debiendo ser discutidos públicamente, y sin que haya tampoco intervención de terceros(4).

Considerando la ‘invisibilidad’ del fenómeno, se puede inferir el desconocimiento acerca de peso de la violencia conyugal, hasta porque no existen registros fidedignos de los casos, ni de sus implicaciones sobre los otros miembros de la familia, como los hijos y el propio compañero. Aún así, autores de diferentes partes del mundo corroboran que niños y niñas que tienen la vivencia de la violencia conyugal suelen presentar problemas psicológicos, como depresión, desvío de conductas, uso de drogas, dificultad de concentración y bajo rendimiento escolar, además de la tendencia a reproducir esas acciones en sus futuras relaciones maritales(1,5).

Las implicaciones a la salud masculina se añaden a los daños de la violencia conyugal en la mujer y los hijos. Considerando su carácter interrelacional, se cree que esta vivencia también repercute sobre la salud de los hombres, aunque las producciones no direccionen para tal objeto. Aunque de forma indirecta, una investigación brasileña reveló que el hombre al pasar por la experiencia de prisión preventiva por causa de la violencia conyugal solía enfermarse, expresado por problemas mentales como tristeza, baja autoestima, apatía y depresión y problemas físicos, como por ejemplo, alteraciones gástricas, alteraciones del sueño, cefalea, taquicardia e hipertensión(6).

Más allá de la magnitud, debe considerarse la complejidad del fenómeno, con raíces en la cultura machista que legaliza y naturaliza la violencia conyugal. Eso porque a las mujeres se les ve socialmente como pasivas, atribuyéndoles características como sumisión y fragilidad, mientas que los hombres reciben atributos más activos, como fuerza, coraje y agresividad(3,7). Considerando que dichos papeles y atributos son enseñados tanto para los hombres como para las mujeres, urge que se creen espacios que posibiliten la desconstrucción de estereotipos de género y la reflexión masculina sobre sus actos, lo que también remite a una mayor concientización y responsabilidad. En Brasil, la Ley 11.340, conocida como Ley María de Penha, recomienda que se creen centros de educación y rehabilitación para los autores de violencia, así como la participación de los hombres en programas de recuperación y reeducación a partir de actividades reflexivas, educativas y pedagógicas(8).

El primer programa de intervención en ese campo inició en Boston, en los Estados Unidos, en 1977, desarrollado por el Couseling and Education to Stop Domestic Violence (EMERGE), a partir de la iniciativa de un grupo de hombres académicos como estrategia de enfrentamiento al fenómeno de la violencia conyugal(9). A partir de 1980, esas intervenciones se articularon con el sistema judiciario, además de propagarse por los países de Europa, Nórdicos y de América Latina, llegando a Brasil en 1990(9). En Brasil, muchas de las actividades de atención al hombre con vivencia de violencia, también se desarrollan en unión al sector judiciario, siendo predominantemente iniciativa de grupos de pesquisas universitarios. Se destacan 19 instituciones con metodologías de grupos reflexivos de hombres autores de violencia en diez unidades federativas brasileñas: Santa Catarina, Paraná, São Paulo, Rio de Janeiro, Espirito Santo, Minas Gerais, Mato Grosso, Distrito Federal, Acre(9) y Bahía, este último sub la iniciativa del Grupo de Estudios Salud y Calidad de Vida (Grupo Vid@) de la Universidad Federal de Bahía(6).Estos espacios promueven discusiones basadas en la desigualdad de género y en el referencial de masculinidad, objetivando cambiar la percepción y el comportamiento de los hombres en las relaciones familiares y conyugales(9).

Partiendo de la suposición que estos espacios favorecen el cambio de comportamiento masculino para una vida libre de violencia, se realiza la siguiente cuestión: ¿Cómo el GR contribuye en el enfrentamiento de la violencia conyugal? Como objetivo se tiene: Conocer la contribución del GR en el enfrentamiento de la violencia conyugal.

MÉTODO

Estudio descriptivo, con abordaje cualitativo, realizado con 11 participantes de un grupo reflexivo para hombres que tenían proceso criminal por violencia conyugal. Ellos estaban siendo acompañados por el Núcleo Especializado de Atención al Hombre (NEAH) en la ciudad de Belém, Pará, Brasil. Vinculado a la defensoría pública, este servicio tiene como objetivo asegurarles el derecho de defensa a los hombres denunciados por violencia contra la mujer en el ámbito doméstico y familiar.

Prestando atendimiento desde enero de 2011, el NEAH tiene el propósito de hacer cumplir el art. 35, Inciso V de la Ley nº 11.340/06, que dispone sobre la educación y la rehabilitación del agresor. Esto viene sucediendo a partir del la creación de GR, conducidos por asistentes sociales, psicólogas(os), pedagogas(os) y defensoras(es) públicos.

Cada grupo reflexivo ocurre en el período de seis meses, siendo realizados encuentros semanales con duración de 2 horas. Haciéndose alusión a la violencia conyugal, se discuten temas como: papeles sociales de género, masculinidad hegemónica, relaciones familiares, expresiones da violencia, elementos desencadenadores e intensificadores de la violencia y la resolución pacífica de conflictos. Como los GR son una medida judicial, integrante del proceso criminal, la participación de los hombres es obligatoria, y ellos deben cumplir la carga horaria establecida por la jueza del juzgado de Violencia Doméstica y Familiar Contra la Mujer, y ella a su vez, direcciona las temáticas imprescindibles, en las que no se puede faltar, a pesar de abonarse hasta dos faltas. São facultadas tres faltas bajo la condición de reposición de la temática en el encuentro del próximo ciclo. Si este número es mayor, todo el proceso debe reiniciarse.

La aproximación a los hombres ocurrió mediante la autorización de la coordinación del NEAH y el acompañamiento de todo el proceso de un GR en específico. Después del término del ciclo de encuentros, se invitaron a los participantes para que participaran en el estudio, y fueron esclarecidos sobre: el objetivo del estudio; el derecho de participar o no, así como de la posibilidad de desistir a cualquier momento; el anonimato y la confidencialidad de sus informaciones, siendo los colaboradores identificados por medio de la codificación alfanumérica (H1, H2,...H11), utilizándose la letra H, seguida de numerales; y otros preceptos éticos de la resolución nº 466/12 del Consejo Nacional de Salud (CNS). Considerando que no hubo ninguna negativa para colaborar en el colaborar con el estudio, todos los participantes del GR firmaron el Término de Consentimiento Libre y Esclarecido.

Se destaca que solamente después de la aprobación del Comité de Ética en Pesquisas (CEP) de la Universidad Federal de Pará (UFPA), con el parecer número 1.091.031, se inició la recopilación de los datos, realizada en los meses de junio y julio de 2015, utilizándose la técnica del grupo focal, siendo realizadas tres focalizaciones. Inicialmente, se recolectaron las informaciones sobre los aspectos sociodemográficos (edad, religión, raza/color, escolaridad, renta familiar) para fines de caracterización de los colaboradores. Posteriormente, se inició el grupo focal conducido por dos observadores, que auxiliaban la conducción del grupo y registraban las impresiones sobre los participantes y también por un conductor, responsable por mediar todo el proceso, incentivando el habla de los colaboradores a partir de la siguiente cuestión: ¿Cómo el GR contribuye para que usted evite la violencia en su relación conyugal?

Cada focalización, con duración media de una hora y media, fue grabada y transcrita. Todo el material fue sistematizado con base en el análisis de contenido temático, que orientó la organización de los contenidos de los mensajes descubiertos en el texto, permitiendo el surgimiento de las categorías. Después de la lectura fluctuante, la exploración del material y la categorización de los datos, emergieron tres categorías, siendo ellas: “Esclareciendo sobre las formas de expresión de la violencia conyugal”, “Concientizando sobre el carácter irrespetuoso y criminoso de sus conductas” e “Incentivando el diálogo como mediador de conflicto”.

RESULTADOS

Los colaboradores de la investigación tenían entre 21 y 57 años de edad. Eran en su mayoría pardos, se identificaban como católicos y presentaban baja escolaridad y renta familiar de hasta dos salarios mínimos mensuales. Las contribuciones señalizadas por los hombres para el enfrentamiento de la violencia conyugal fueron desveladas, conforme categorías, a saber:

Esclareciendo sobre las formas de expresión de la violencia conyugal

Los discursos revelan que los colaboradores de la investigación entendían que la violencia solo se expresaba en las formas físicas. Después de participar en el GR, se esclarecieron sobre las demás manifestaciones de violencia conyugal.

Las ofensas eran comunes en nuestra relación, pero no entendía que eso era una forma de violencia. [...] yo aprendí con el grupo de hombres que la violencia contra la mujer no es solo golpearla (H5). (Datos recolectados en 2015)

Antes, yo pensaba que la violencia era solo golpear. En el grupo reflexivo, descubrí que existen varios tipos de violencia: psicológica, emocional y otras (H2). (Datos recolectados en 2015)

Concientizando sobre el carácter irrespetuoso y criminoso de sus conductas

La experiencia en el GR posibilitó que los hombres reflexionaran sobre los comportamientos en la relación conyugal y se dieran cuenta de su carácter irrespetuoso, y pasibles de punición legal.

Siempre discutíamos por motivo de celos. Ella me agredía físicamente y yo revidada. Pensaba que ese tipo de comportamiento era normal en la relación conyugal. Después del grupo, me di cuenta que esos comportamientos son irrespetuosos y que hombres y mujeres deben denunciarlos, ya que por la ley Maria da Penha, pueden ser punidos (H3). (Datos recolectados en 2015)

No me daba cuenta que lo que yo hacía era violencia ni que estaba violando los derechos de ella. Hoy sé que ese tipo de comportamiento es un crimen, que hiere los derechos de la mujer y que debe ser denunciado (H1). (Datos recolectados en 2015)

Incentivando el diálogo como mediador de conflicto

En el GR, os hombres se dan cuenta que la falta de conversación en la relación conyugal es un elemento que estimula la violencia y así ellos ven la importancia del diálogo para evitar tal fenómeno.

En mi relación conyugal no existía diálogo, por eso las situaciones de violencia eran constantes. Ahora entiendo que la pareja debe comprender uno al otro: escuchar y conversar, en vez de violentar (H6). (Datos recolectado en 2015)

No existían momentos de conversación entre nosotros, por causa de eso, las peleas eran comunes. El grupo me mostró que dentro de una relación conyugal, debe haber diálogo para evitar peleas (H8). (Datos recolectados en 2015)

DISCUSIÓN

La experiencia de participar del GR posibilitó que los hombres tuvieran un mejor entendimiento sobre las formas de expresión de la violencia, muchas veces asociada a la agresión física. Corroborando, estudios realizados en Brasil y en Uganda(5,10) evidencian que puñetazos, puntapiés, quemaduras, estrangulamientos y lesiones con arma blanca o de fuego son las formas más observadas de violencia. Al analizarse los boletines de ocurrencias registrados en una comisaría de mujer, también se verificó que casi la totalidad de los registros fue por agresión física(10).

En Etiopia y África del Sur, los hombres también tienen una comprensión limitada acerca de las manifestaciones de la violencia conyugal, siendo muchas de las expresiones invisibles(7,11). En Brasil, la Ley 11.340, conocida como María da Penha, está transformando esta realidad. Al evaluarse las denuncias brasileñas que se hicieron antes y después de este dispositivo legal, se evidencia que en 2005, las quejas solo se referían a las expresiones: física (55%), psicológica (36%) y sexual (9%)(12). No obstante, después de la ley, que tipifica las formas de violencia, se amplían las manifestaciones registradas: física (47,3%), psicológica (44,9%), sexual (4,4%), patrimonial (2,5%) y moral (0,9%)(10).

A pesar de que en ambos momentos la agresión física prevalente, los porcentajes sugieren una mayor percepción acerca de las demás manifestaciones tras la implementación de la leí. Aunque en porcentajes inferiores, el registro de esas expresiones le confiere visibilidad al fenómeno, y se debe incentivar su investigación cuando haya contacto con las mujeres. Y debe ocurrir tanto en el ámbito policial, como en el escenario de la salud, de la educación, social y jurídico.

Acerca de la influencia del GR sobre la relación conyugal, el estudio destaca que los hombres reconocen que sus conductas para con sus compañeras son irrespetuosa y criminosas y por tanto, pasibles de punición legal. Estudios realizados en países de Europa y en América del Norte corroboran la importancia de los GR para responsabilizar a los hombres sobre la violencia perpetrada contra sus parejas(13,14).

Es importante destacar que las declaraciones masculinas retratan el carácter interrelacional de la violencia, porque también revelan la agresión practicada por las mujeres. Es necesario alertar que denunciar es un derecho facultado a ambos y por lo tanto, representa una actitud que puede y debe ser tomada igualmente por los hombres que se ven en una situación de violencia. Sin embargo, esta es una acción que todavía es esporádica, lo que se relaciona a la construcción de género(1). O sea, el hombre se siente avergonzado para hacer la agresión sufrida pública, porque entiende esta situación como una humillación(15). En Estados Unidos, estudios revelan avances en esta cuestión, y los americanos, al sentir sus derechos violados, denuncian a sus compañeras(2).

En Brasil, los hombres se dirigen a las comisarías comunes y las mujeres buscan las comisarías especializadas para representar lo ocurrido. Actualmente, existen 372 Comisarías Especializadas de Atención a las Mujer (CEAM) en el territorio brasileño, con la finalidad de atender a las mujeres víctimas de violencia(16). Representando una de las mayores conquistas del movimiento de mujeres, la primera CEAM se creó en 1985(16).

Hasta ese momento, las mujeres eran atendidas en las comisarías comunes, donde enfrentaban dificultades para efectuar la representación de la violencia sufrida por las manos de sus compañeros. En estos locales los policías hombres se mostraban poco compasivos a las quejas relacionadas a conflictos “de la pareja”, siendo rutina actitudes como: negarse a escuchar, juzgamiento de sus acciones y desvalorización de sus palabras y de su contexto de vida. Aparte de eso, pesquisas con mujeres atendidas en la CEAM alerta que la atención respetuosa no depende del sexo del funcionario.

Es importante considerar que, a pesar de que la plantilla profesional de las CEAMs están constituidas mayoritariamente por mujeres, ellas, así como los hombres, también fueron socializadas con las mismas referencias que naturalizan desigualdades de género y la violencia conyugal, por lo que una asistencia de calidad se relaciona principalmente a la visión de mundo de las personas. Por tanto, se defiende, que el atendimiento prejuicioso y/o discriminatorio no es inherente al sexo, y ni tampoco es característico del atendimiento policial o de salud, conforme apunta un estudio realizado con mujeres que recurrieron a la red, buscando enfrentar la violencia conyugal(17).

Se piensa que el conocimiento público de la Ley Maria da Penha posibilitará que la creencia social de la violencia conyugal como un problema íntimo se transforme en la percepción de que es una conducta criminosa, lo que contribuirá para asegurarle a la denunciante un atención respetuosa y eficiente. Destacándose, que después de la representación del hecho, este pode desdoblarse en: Medida Protectora de Urgencia (ejemplo: restricción de aproximación a la víctima, fijándose una distancia mínima; prohibición de frecuentar lugares; restricción o suspensión de las visitas a los hijos menores) y Acción Penal, siendo que, si condenado, el agresor podrá ser punido con pena alternativa o prisión(8).

La creación de leyes para combatir la violencia conyugal se observa también en otros países, como en Indonesia, donde la política pública denominada zero tolerance policy (ZTP) on violence against women establece el acompañamiento de las mujeres en situación de violencia en unidades especializadas y promueven el atendimiento policiaco, psicológico y jurídico. Después de la creación de este instrumento, se redujo significativamente los casos de violencia conyugal(18). Esta política, así como la Maria da Penha, aparte de criminalizar y punir a los perpetradores de violencia, preconiza la importancia de espacios de reeducación para obtener relaciones pacíficas.

Acerca de las estrategias de resolución pacífica de conflictos conyugales, los hombres profirieron la necesidad de diálogo en las relaciones con sus compañeras, defendiendo el GR como una importante herramienta para construir relaciones libres de violencia. Una investigación brasileña sobre las tácticas de resolución de conflictos conyugales, con 104 parejas, corrobora que las estrategias de negociación son primordiales para la vivencia de un relacionamiento harmónico(15).

En países como Australia, Inglaterra y Estados Unidos de América, en los grupos de hombres, además del diálogo, se incentivan: estrategias de negociación para resolución pacífica de conflictos, basadas en la perspectiva de ganancia mutua; y el componente intersubjetivo, de colocarse en el lugar del(a) otro(a)(13,19,20).En 19 países de Europa, métodos para resolución de conflictos también están en el escopo de los grupos reflexivos, que abordan temas que instigan la práctica del respeto y la no violencia en las relaciones conjugales(14).

CONCLUSIÓN

El estudio muestra la relevancia del GR en el enfrentamiento de la violencia conyugal, a medida que les proporciona a los hombres la oportunidad de reconocer las diversas formas de expresión de este problema y darse cuenta de sus comportamientos irrespetuosos y criminosos. Es también en este espacio que sienten la necesidad de ejercitar el diálogo como estrategia de resolución pacífica de conflictos.

Estas contribuciones del GR favorecen la reflexión masculina acerca do su cotidiano conyugal, posibilitando vislumbrar medios de construir relaciones más harmoniosas. Pueden también, subsidiar el direccionamiento de intervenciones con hombres para viabilizar la desconstrucción social de la desigualdad de género e incentivar el respeto mutuo. Frente a la complejidad y magnitud de ese fenómeno, esos espacios representan un importante método de transformación de los modelos de masculinidad, capaz de libertar a los hombres de los estereotipos que los destinan a papeles de verdugos y consecuentemente, extinguir la concepción dualista de víctima versus agresor.

Considerando la interface de la temática con los campos de la salud, educación, social y jurídico-policial, es imperativo que se realicen acciones integradas para prevenir y enfrentar la violencia en las relaciones interpersonales, problemática que perjudica la economía del país. En este proceso, las(os) enfermeras(os) son personajes esenciales, ya que en el campo da salud, pueden identificar precozmente las familias con relaciones problemáticas para las cuales se deben priorizar los GR; en el ámbito escolar, se recomienda estimular desde la infancia relaciones simétricas entre niños y niñas y orientarlos para que no permitan ser violentados; y explorar los demás espacios para desarrollar las intervenciones educativas.


CITAS

  1. Razera J, Mosmann CP, Falcke D. The Interface Between Quality and Violence in Marital Relationships. Paid (Ribeirão Preto) [Internet]. 2016 Apr;26(63):71–9. Available from: https://www.mendeley.com/research-papers/interface-between-quality-violence-marital-relationships/?utm_source=desktop&utm_medium=1.17.8&utm_campaign=open_catalog&userDocumentId={9bdfa7c4-2380-43c1-a6b1-892de6e02aa0}
  2. Finneran C, Stephenson R. Intimate Partner Violence Among Men Who Have Sex With Men. Trauma, Violence, Abus [Internet]. 2013 Apr [cited 2016 Oct 25];14(2):168–85. Available from: http://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/23271429
  3. Cunha BM da. Violência contra a mulher , direito e patriarcado : perspectivas de combate à violência de gênero. Anais da XVI Jornada de Iniciação Científica [Internet]. 2014 [cited 2016 Oct 25];149–70. Available from: http://www.direito.ufpr.br/portal/wp-content/uploads/2014/12/Artigo-Bárbara-Cunha-classificado-em-7o-lugar.pdf
  4. Boira S, Carbajosa P, Méndez R. Miedo, conformidad y silencio. La violencia en las relaciones de pareja en áreas rurales de Ecuador. Psychosoc Interv [Internet]. 2016 Apr;25(1):9–17. Available from: http://linkinghub.elsevier.com/retrieve/pii/S1132055915000381
  5. Abramsky T, Devries KM, Michau L, Nakuti J, Musuya T, Kiss L, et al. Ecological pathways to prevention: How does the SASA! community mobilisation model work to prevent physical intimate partner violence against women? BMC Public Health [Internet]. 2016 Apr 16 [cited 2016 May 5];16(1):339. Available from: http://bmcpublichealth.biomedcentral.com/articles/10.1186/s12889-016-3018-9
  6. Sousa AR de, Pereira Á, Paixão GP do N, Pereira NG, Campos LM, Couto TM. Repercussions of imprisonment for conjugal violence: discourses of men. Rev Lat Am Enfermagem [Internet]. 2016;24. Available from: http://www.scielo.br/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0104-11692016000100440&lng=en&tlng=en
  7. Morrell R, Jewkes R, Lindegger G. Hegemonic Masculinity/Masculinities in South Africa: Culture, Power, and Gender Politics. Men Masc [Internet]. 2012 Apr 1 [cited 2016 Oct 25];15(1):1–20. Available from: http://jmm.sagepub.com/cgi/doi/10.1177/1097184X12438001
  8. BRASIL. Lei no 11.340, de 7 de Agosto de 2006 [Internet]. Brasil; 2006. Available from: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2004-2006/2006/lei/l11340.htm
  9. Beiras A, Bronz A. Metodologia de grupos reflexivos de gênero [Internet]. Instituto. Rio de Janeiro; 2016. Available from: http://noos.org.br/portal/editora/outras-publicacoes/
  10. Acosta DF, Gomes VL de O, Barlem ELD. Perfil das ocorrências policiais de violência contra a mulher. Acta Paul Enferm [Internet]. 2013 Dec [cited 2016 Jul 19];26(6):547–53. Available from: http://www.scielo.br/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0103-21002013000600007&lng=pt&nrm=iso&tlng=en
  11. Semahegn A, Mengistie B. Domestic violence against women and associated factors in Ethiopia; systematic review. Reprod Health [Internet]. 2015 Dec 29 [cited 2016 Oct 25];12(1):78. Available from: http://reproductive-health-journal.biomedcentral.com/articles/10.1186/s12978-015-0072-1
  12. Kronbauer JFD, Meneghel SN. Profile of gender violence by intimate partners. Rev Saude Publica [Internet]. 2005 Oct [cited 2016 Oct 8];39(5):695–701. Available from: http://www.scielo.br/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0034-89102005000500001&lng=pt&nrm=iso&tlng=pt
  13. Brown J. Male Perpetrators, the Gender Symmetry Debate, and the Rejection–Abuse Cycle. Am J Mens Health [Internet]. 2012 Jul [cited 2016 Oct 25];6(4):331–43. Available from: http://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/22398994
  14. Hamilton L, Koehler JA, Lösel FA. Domestic Violence Perpetrator Programs in Europe, Part I. Int J Offender Ther Comp Criminol [Internet]. 2013 Oct [cited 2016 Oct 25];57(10):1189–205. Available from: http://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/23267241
  15. Dias ASF, Neves AS. A constituição do vínculo conjugal violento: estudo de caso. Vínculo [Internet]. 2014;11(1):8–15. Available from: http://pepsic.bvsalud.org/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1806-24902014000100003&lng=pt&nrm=iso
  16. Brasil T do E de G de J. Mulher terá de indenizar ex-marido por infidelidade e denunciação caluniosa [Internet]. 2015 [cited 2017 May 9]. Available from: <http://www.tjgo.jus.br/index.php/home/imprensa/noticias/119-tribunal/11130-mulher-tera-de-indenizar-ex-marido-por-infidelidade-e-denunciacao-caluniosa>
    
  17. Gomes NP, Carvalho MR da S, Couto TM, Diniz NMF. Violência Conjugal e o Atendimento da mulher na delegacia e no Serviço De Saúde. Rev Baiana Enfermagem‏ [Internet]. 2013;27(2):146–53. Available from: https://portalseer.ufba.br/index.php/enfermagem/article/view/6928/7158
  18. Hayati EN, Emmelin M, Eriksson M. Challenges for a Local Service Agency to Address Domestic Violence –A Case Study From Rural Indonesia. Glob J Health Sci [Internet]. 2014 Aug 15 [cited 2016 Oct 25];6(6):214–25. Available from: http://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/25363105
  19. García-Moreno C, Hegarty K, D’Oliveira AFL, Koziol-McLain J, Colombini M, Feder G. The health-systems response to violence against women. Lancet [Internet]. 2015 Apr 18;385(9977):1567–79. Available from: http://linkinghub.elsevier.com/retrieve/pii/S0140673614618377
  20. Lösel F. Offender Treatment and Rehabilitation: What Works? In: The Oxford Handbook of Criminology [Internet]. Oxford: Oxford University Press; 2012 [cited 2016 Oct 25]. p. 986–1016. Available from: http://www.oxfordlawtrove.com/view/10.1093/he/9780199590278.001.0001/he-9780199590278-chapter-33

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Recibido: 10/05/2017 Revisado: 03/09/2018 Aprobado: 18/09/2018